MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
(Transitorio).- Suspéndese por el año 1976 la visita de cárceles o de causas por la Suprema Corte de Justicia, integrada de acuerdo al inciso 1º del artículo 72º del Código de Organización de los Tribunales Militares, respecto de los delitos previstos por el artículo 15º de la ley 14.068, de 10 de julio de 1972.Ayuda