Fecha de Publicación: 26/02/1976
Página: 512-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 14

Declárase de utilidad pública la expropiación de los terrenos de propiedad
privada necesarios par el establecimiento de las zonas francas.

Autorízase al Poder Ejecutivo para permutar terrenos de propiedad
nacional, situados en la misma jurisdicción y que no tengan afectación
determinada por otros de propiedad municipal que sean necesarios para el
establecimiento o acceso de las zonas francas o para la ampliación de las
ya existentes.
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