Fecha de Publicación: 21/12/1978
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Ley 14.851

Se faculta a la Presidencia de la República a otorgar directamente la condecoración "Protector de los Pueblos Libres General José Artigas" a las instituciones o símbolos patrios, nacionales o extranjeros.

              "MES DEL XXX ANIVERSARIO DE LA DECLARACION UNIVERSAL
                         DE LOS DERECHOS HUMANOS"

   El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

                              PROYECTO DE LEY

Artículo 1

  Agrégase el siguiente inciso al artículo 2.o de la ley 14.413, de 12 de 
agosto de 1975:

     "La Presidencia de la República podrá otorgarla también directamente
a las instituciones o símbolos patrios, nacionales o extranjeros".

Artículo 2

  Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 12 de diciembre de 1978.

     HAMLET REYES, Presidente.- Nelson Simonetti.- Julio A. Waller, Secretarios.

                            _____________


Ministerio del Interior.

 Ministerio de Relaciones Exteriores.

  Ministerio de Economía y Finanzas.

   Ministerio de Defensa Nacional.

    Ministerio de Educación y Cultura.

     Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
  
      Ministerio de Industria y Energía.

       Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

        Ministerio de Salud Pública.

         Ministerio de Agricultura y Pesca.

          Ministerio de Justicia.

                               Montevideo, 13 de diciembre de 1978.

  Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.-

APARICIO MENDEZ.- General HUGO LINARES BRUM.- ADOLFO FOLLE MARTINEZ.-
VALENTIN ARISMENDI.- WALTER RAVENNA.- DANIEL DARRACQ.- EDUARDO J. SAMPSON.- LUIS H. MEYER.- JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING.- ANTONIO CAÑELLAS.- 
FERNANDO BAYARDO BENGOA.
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