Fecha de Publicación: 21/01/1981
Página: 318-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Fe de erratas publicada/s: 29/01/1981.

Artículo 12

   Los actuales Directores (Grado 14) de los Subescalafones 
Administrativo y Técnico-Profesional, mantendrán ese grado, pasando a
denominarse Inspectores Generales, hasta su retiro; producido éste se
suprimirán los grados respectivos en los Subescalafones mencionados, transformándose los cargos en otros de menor jerarquía, siempre que no signifique aumento de las dotaciones presupuestales asignadas, facultándose a tales efectos al Ministerio del Interior a realizar las
modificaciones presupuestales mencionadas. Los cargos de Director (Grado
14) que estuvieren vacantes a la fecha de promulgación de la presente ley
se transformarán en la forma indicada en el párrafo anterior.
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