Facúltase al Ministerio de Agricultura y Pesca para fijar anualmente los montos que deberán pagarse por concepto de:
1) Inscripción en el Registro Nacional de Especies y Cultivares;
2) Inclusión de especies y cultivares en el programa de evaluación que efectúe el Centro de Investigaciones Agrícolas "Alberto Boerger" (CIAAB);
3) Los rótulos de las diferentes categorías de semillas.
Dichos montos serán recaudados por los organismos intervinientes en los distintos procesos y srán destinados a solventar los gastos ocasionados por la prestación de servicios.
CAPITULO IV
Comercialización