Ley 15.239.- Se declara de Interés Nacional el uso y la conservación
de los suelos y de las aguas superficiales destinadas a fines
agropecuarios.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
CAPITULO I
Principios Generales
Artículo 1
Declárase de Interés Nacional promover y regular el uso y la conservación de los suelos y de las aguas superficiales destinadas a fines
agropecuarios.
Es deber del Estado velar por prevenir y controlar la erosión y
degradación de los suelos, las inundaciones y la sedimentación en cursos
de agua y en los lagos y lagunas naturales y artificiales, así como
detener y fijar las dunas.