MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Fe de erratas publicada/s: 17/08/1982.
Dentro del plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, los importadores y fabricantes de instrumentos de medición reglamentados deberá someter ala aprobación oficial a que se refiere el artículo 12, un modelo de cada instrumento que importe o fabrique.Ayuda