Fecha de Publicación: 22/07/1982
Página: 156-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 17/08/1982.

Artículo 9

   La Dirección de Metrología Legal se proveerá de patrones derivados de los patrones nacionales y realizará calibraciones periódicas de los 
mismos en el Laboratorio Tecnológico del Uruguay, en la forma que establezca la reglamentación.
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