Ley 15.328
Se aprueba un régimen para los Convenios Colectivos de Trabajo.
El Consejo de Estado ha sancionado la siguiente
LEY
Artículo 1
Convenio colectivo es todo acuerdo referido a la reglamentación de las condiciones de trabajo en la actividad privada, celebrado en la forma, condiciones y con los alcances previstos en la presente ley.
GREGORIO C. ALVAREZ. - LUIS A. CRISCI. - JULIO C. ESPINOLA.