Fecha de Publicación: 18/01/1983
Página: 68-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE JUSTICIA

Artículo 15

   (Fiscalía Adjunta de Corte). A la Fiscalía Adjunta de Corte, adscrita
al despacho del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, corresponde:

1)   Cooperar con el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación en
     las tareas técnicas del servicio.

2)   Actuar como Fiscal Nacional de Feria, durante los períodos de
     vacaciones judiciales de cada año.

3)   Subrogar con carácter específico y provisorio, y cuando las
     necesidades del servicio así lo impongan a los agentes del 
     Ministerio Público y Fiscal en el orden nacional, en los casos 
     ocurrentes.
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