Fecha de Publicación: 01/08/1983
Página: 198-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Ley 15.433

Se aprueban disposiciones para las pensiones policiales.

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente


       
                               PROYECTO DE LEY

Artículo 1

   Las disposiciones de la presente ley son aplicables, únicamente, a las pensiones generadas por funcionario policiales dependientes del Ministerio del Interior, fallecidos con posterioridad a su vigencia.

GREGORIO C. ALVAREZ.- General HUGO LINARES BRUM.- WALTER LUSIARDO AZNAREZ.- LUIS A. CRISCI.
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