(Matriculación). La matriculación se hará destinando a cada inmueble una ficha especial en la que se anotarán
1) El número-ordinal o caracterización de la matrícula que le corresponda
y el número de padrón o la característica catastral que se adoptare.
El número o caracterización de la matrícula será permanente y, servirá
para identificar el bien.
2) La ubicación y descripción completa del inmueble, paraje, área, límites y linderos. Si existiera plano registrado se expresarán sus datos
3) El nombre y apellidos completos del titular del dominio; estado civil si fuere casado, viudo o divorciado, los nombres y apellidos del cónyuge
o ex-cónyuge; domicilio; características de identificación en el Registro
Cívico Nacional o número de la Cédula de Identidad y oficina que la
hubiera expedido.
Respecto de la sociedades o personas jurídicas se consignará su nombre
o razón social, clase de sociedad, fecha de constitución y domicilio.
4) La proporción que a cada titular corresponda en el dominio
5) El título de adquisición de la propiedad, su clase, lugar y fecha de
otorgamiento o expedición y funcionario autorizante.
6) La inscripción inmediata anterior del título de adquisición
7) Las inscripciones vigentes que afectaron el inmueble, tal como
resulten de los certificados que expresa el artículo 42.