(Dirección de Registros). La Dirección de Registros es el órgano
técnico-administrativo directamente encargado de la función registral.
Cumple la calificación, admisión o rechazo, registro e información de los
actos, negocios jurídicos y decisiones de las autoridades competentes por
la ley a publicidad registral
La Dirección de Registros será ejercida por un Director de División o de
Departamento, según los casos
La función registrar se hace efectiva por intermedio de los técnicos
escribanos que prestan servicios en cada unidad administrativa registral,
conforme a su competencia territorial y material