En los casos de vacancia, en los de impedimento, recusación,
abstención o discordia, para el cumplimiento de su función
jurisdiccional, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo se integrará
de oficio y por sorteo entre los miembros de los Tribunales de Apelaciones.
Todo integrante continuará conociendo en el asunto hasta que se dicte
la sentencia que motivó la integración.