Fecha de Publicación: 30/01/1984
Página: 130-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE JUSTICIA

Fe de erratas publicada/s: 26/03/1984.

Artículo 76

   En las declaraciones de testigos las respuestas se asentarán a
continuación de las preguntas. A ese efecto, las preguntas se
transcribirán de los interrogatorios formulados.
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