Fecha de Publicación: 31/10/1984
Página: 7-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 26

   La Asamblea General Ordinaria se reunirá para considerar balances,
estado de resultados, memoria, informes de la Autoridad Fiscal informes
oficiales y situación de los miembros suspendidos y de aspirantes
rechazados.
   Podrán ser considerados también otros asuntos a propuesta de los
miembros del Consejo de Administración, Autoridad Fiscal, la décima parte
de los miembros o autoridades oficiales, los que deberán figurar en el
Orden del Día en forma clara y concreta.
   En la Asamblea Ordinaria se elegirá, en votación secreta, a los
integrantes del Consejo de Administración, Autoridad Fiscal y Autoridad
Electoral en la forma que establezcan la reglamentación y los Estatutos.
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