Fecha de Publicación: 07/12/1984
Página: 297-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo fijará, a propuesta del Servicio de Sanidad de las
Fuerzas Armadas, con el asesoramiento de la Junta de Comandantes en Jefe,
el monto a abonarse por medicamentos y exámenes suministrados por el
expresado Servicio de Sanidad.
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