MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 03/05/1985.
A los fines de lo dispuesto en el artículo anterior, comuníquese al Poder Ejecutivo, con la firma de la Mesa del Cuerpo el texto ajustado de la compilación del Código Civil a que se hace referencia, el que será considerado el único auténtico (Artículos 1º y 2º de la ley 15.684).Ayuda