El impuesto resultante de la aplicación del artículo anterior será
administrado por la Dirección de Loterías y Quinielas. La distribución de
dichas sumas se efectuará de acuerdo a la reglamentación que oportunamente
dictará la Dirección de Loterías y Quinielas y que necesariamente deberá
contemplar las normas relativas a los principios de: eficiencia,
capacidad, rendimiento, responsabilidad y disciplina.