Fecha de Publicación: 29/01/2016
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 13

   Todo funcionario policial deberá ejercer sus funciones a través de una actuación leal y honesta, conforme con el principio de buena fe, tanto en el ejercicio de sus derechos como en el cumplimiento de sus obligaciones.
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