Fecha de Publicación: 15/04/1997
Página: 112-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

   El sueldo del personal administrativo comprendido en la categoría ESPECIAL, estará regulado por los grados de la Escala Patrón Unica que se indican a continuación:

                                                      GRADO ESCALA
ESCALA   Al ingresar al cargo de:                     PATRON UNICA
Nº 13    Subgerente General, Secretario, Coordinador
         General, Inspector Jefe y Segundo Contador
         General                                           59
Nº 14    Primer Subgerente General y Contador General      63
Nº 15    Secretario General                                64
Nº 16    Gerente General                                   65
Ayuda