(Situaciones equiparadas al fallecimiento). Las referencias a fallecimiento del beneficiario que se realizan en el inciso 4º del artículo 11 de la Ley que se reglamenta así como en los artículos 6º y 8º del presente decreto, comprenden también las situaciones de declaración de ausencia por decisión judicial o en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 17.894 de 14 de setiembre de 2005 así como la de desaparición en un siniestro conocido de manera pública y notoria.