Fecha de Publicación: 29/04/2016
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Carilla: 29

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 53

   REDISTRIBUCIÓN DE FUNCIONARIOS. La redistribución de funcionarios realizada por el Poder Ejecutivo se rige de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
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