Decreto 109/022
Fíjase el monto máximo de los beneficios e incentivos fiscales para el período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.
(821*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 4 de Abril de 2022
VISTO: la gestión del Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico-Culturales (CONAEF), solicitando la determinación del límite de los beneficios e incentivos fiscales a otorgar a quienes realicen donaciones a favor de proyectos declarados de fomento artístico y cultural;
CONSIDERANDO: que es de aplicación lo dispuesto en el artículo 235 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005, con la redacción dada por el artículo 186 de la Ley N° 19.438, de 14 de octubre de 2016, siendo competencia del Poder Ejecutivo la fijación de tales guarismos;
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Fíjase en $ 42:320.000 (pesos uruguayos cuarenta y dos millones trescientos veinte mil) el monto máximo de los beneficios e incentivos fiscales para el período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.