Fecha de Publicación: 05/04/2002
Página: 36-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 2

 Los beneficiarios del sistema de exoneraciones parciales, otorgadas de 
acuerdo a las respectivas disposiciones reglamentarias, deberán 
actualizar el valor de las libretas de boletos que fueron adquiridas con 
anterioridad al 1º de abril de 2002, dentro de los 10 (diez) días hábiles 
siguientes a dicha fecha. Vencido dicho plazo, los puestos de recaudación 
de peaje no recibirán los boletos hasta tanto hayan sido actualizados, lo 
que sólo podrá realizarse dentro el período de vigencia.
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