Fecha de Publicación: 08/06/2026
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 22

   Los prototipos desarrollados en el marco del Programa de Desafíos Públicos de ANII, cuyo desarrollo hubiera resultado exitoso previo a la entrada en vigencia de la presente reglamentación podrán ser considerados como fase pre-comercial de la CPII sin necesidad de verificar los requerimientos previstos en el numeral iii) del artículo 3° del presente Decreto.
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