MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Trabajadores rurales y domésticos). El aporte personal de los trabajadores rurales y del servicio doméstico, se efetuará sobre las remuneraciones realmente percibidas. Esas remuneraciones no podrán ser inferiores a los sueldos y prestaciones mínimas establecidos periódicamente por el Poder Ejecutivo.Ayuda