MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Registo de Contratos) El Banco de Previsión Social llevará un registro de los contratos celebrados por empresas unipersonales, con referencia a la prestación de servicios prevista en el numeral 2) del artículo 178º de la Ley 16.713 del 3 de setiembre de 1995, así como de las modificaciones o complementos de dichos contratos.Ayuda