Fecha de Publicación: 26/04/2022
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 33

   El pago de la cobertura de vida o una suma equivalente a $ 214.000 (doscientos catorce mil pesos) del autoseguro de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland que cubre a los ex funcionarios jubilados de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland o el cobro del incentivo por la opción de renuncia al beneficio del autoseguro, se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por Resolución de Directorio N° 1003/12/05 y con cargo al Programa Energía - Grupo 2 - Servicios No Personales.
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