Fecha de Publicación: 10/05/2019
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                               Decreto 116/019

Adóptanse los "Requisitos zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de cerdos domésticos para reproducción", así como el "Modelo de Certificado Veterinario Internacional", aprobados por la Resolución MERCOSUR/GMC N° 56/14 de fecha 15 de diciembre de 2014; y su Modificación aprobada por la Resolución MERCOSUR/GMC N° 38/18.
(2.060*R)

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

                                           Montevideo, 29 de Abril de 2019

   VISTO: lo dispuesto por el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y por la Resolución GMC N° 56/14, de 15 de diciembre de 2014 en la redacción dada por la Resolución GMC N° 38/18, de 5 de septiembre de 2018;

   RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución GMC N° 56/14 se aprueban los requisitos zoosanitarios de los Estados Partes del MERCOSUR, para la importación de cerdos domésticos para reproducción, derogando asimismo la Resolución GMC N° 19/97;

   II) que por la Resolución GMC N° 38/18, de 5 de septiembre de 2018, se sustituye la redacción de los artículos 12 y 14 de la Resolución antes mencionada;

   CONSIDERANDO: I) la adopción de las referidas Resoluciones, facilitará el intercambio comercial de importación de cerdos domésticos para reproducción desde y hacia los territorios de los Estados Partes del MERCOSUR, sin afectar la condición sanitaria en el ámbito nacional y regional;

   II) de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto, aprobado por Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995 - los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el referido Protocolo;

   III) necesario por tanto, incorporar al Derecho Positivo Nacional, la Resolución MERCOSUR/GMC/RES N° 56/14, de 15 de diciembre de 2014 y la Resolución MERCOSUR/GMC/RES N° 38/18, de 5 de septiembre de 2018;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Adóptanse los "Requisitos zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de cerdos domésticos para reproducción", así como el "Modelo de Certificado Veterinario Internacional", aprobados por la Resolución MERCOSUR/GMC N° 56/14, de 15 de diciembre de 2014, que constan como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.


		
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