Fecha de Publicación: 04/05/2016
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 38

   (Extensión del plazo para la formación) Los Asistentes Personales que hayan sido contratados bajo la excepción estipulada en el art. 16 del Decreto 214/014 de 28 de julio de 2014, contarán con un plazo adicional de 18 meses a computarse a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto.
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