Fecha de Publicación: 09/05/2014
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 Alcanzan a las personas que resulten contratadas bajo el régimen que se
reglamenta, las disposiciones contenidas en los Títulos I y III de la Ley
N° 19.121 de 20 de agosto de 2013.
Ayuda