Fecha de Publicación: 09/05/2017
Página: 15
Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 2

   El beneficio estará asociado al mantenimiento o aumento de la producción física y consistirá en un descuento mensual al cargo por energía sin IVA.
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