PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 43
El Tribunal encargado de evaluar el concurso deberá estar integrado por: el/la Director/a General de Secretaría del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá, u otro/a funcionario/a designado/a por éste/ésta, el/la Director/a del Instituto Artigas del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores o en su defecto su correspondiente Subdirector/a, los/las docentes que se determine en cada caso, y un/a representante de la Universidad de la República.
Será invitado a participar en calidad de veedor un/a representante de los funcionarios/as del Escalafón "M" Servicio Exterior, quien tendrá derecho a voz pero no a voto.
Asimismo, podrá invitarse a integrar el Tribunal a personas o entidades de reconocida idoneidad y prestigio, quienes tendrán derecho a voz pero no a voto.