Fecha de Publicación: 11/06/2025
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 9

   Todos los/as funcionarios/as del Escalafón "M" del Servicio Exterior serán calificados por la Junta de Calificaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, con excepción del personal con cargo presupuestal de Embajador/Embajadora, Ministro/Ministra, y Ministro Consejero/Ministra Consejera.

   Cuando en un período superior a 180 (ciento ochenta) días del ejercicio a calificar, el/la funcionario/a no haya desempeñado las funciones de su cargo presupuestal y por lo tanto, no pueda ser calificado/a en dichas funciones por encontrarse comprendido/a en la situación legal de "reserva del cargo presupuestal" o en "pase en comisión", se le otorgará igual calificación a la del último ejercicio en que fue calificado/a.

   CAPÍTULO V - DE LA EVALUACIÓN PRIMARIA
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