PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
A partir del 1° de enero de 2018, todo trabajador que desempeñe tareas como repartidor de alimentos y productos farmacéuticos, deberá haber aprobado el curso de capacitación específico y contar con certificado de formación profesional expedido por la autoridad competente o entidad habilitada al efecto.Ayuda