Fecha de Publicación: 02/04/2003
Página: 654-A
Carilla: 26

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 120/003

Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto 
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Instituto 
Nacional de Colonización correspondientes al ejercicio 2002.
(803*R)

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS 

                                            Montevideo, 6 de marzo de 2003
                                                                          
VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y 
de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización correspondiente al 
ejercicio 2002.

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su 
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

ATENTO: A lo establecido en el artículo Nº 221 de la Constitución de la 
República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto 
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Instituto 
Nacional de Colonización correspondientes al ejercicio 2002, de acuerdo 
con el siguiente detalle:  

                                                      $             $
I - INGRESOS                                                    89.605.485

    1                                                           45.007.024

      - Rentas de Activos Realizables.            38.732.180 
      - Rentas de Activos Financieros.             5.190.664 
      - Transferencias Sector Privado.             1.084.180 

    2                                                           30.287.771

      - Venta de Fracciones.                       6.400.000 
      - Cuotas de Amortización.                    1.318.446 
      - Ventas Campos y Forest. Desafect.         17.792.000 
      - Cuota Amort.Deudas Refinanc.               3.855.725 
      - Venta de Vehículos.                          921.600 

    3                                                           14.310.690

      - Subsidio Ley de Presup. Nacional.                  0 
      - Indemniz. Serv. Agua Salto Grande.        14.310.690             0

    4 - Prést. Bancario BROU Compra Tierra.                0  

II -      PRESUPUESTO OPERATIVO.                                71.574.117

RUBRO               DENOMINACION

0         RETRIBUCION SERVICIOS PERSONALES.                     39.911.895

011.311.1 Directorio.                              1.597.416 
          * Gerente General.                         388.968 
          * Secretario Directorio.                   327.552 
011.311.2 Personal Presup. Redistribuido.            670.332 
011.318.  Aumento Mayo/92 Presupuestados.             24.696 
019.311.  Sueldo Anual Complem.Presup.               568.792 
021.321.  Sueldos Básicos Contratatados.          12.644.220 
021.328.  Aumento Mayo/92 Contratados.               313.992 
021.327.  Diferencia de Sueldos.                   1.417.013 
029.321.  Sueldo Anual Complem. Contratados.       2.395.761 
036.331.  Retribución Jornaleros y Destajo.          780.924 
036.338.  Aumento Mayo/92 Jornaleros.                 40.585 
039.331.  Sueldo Anual Compl. Jornal. y Destajo       71.518 
061.303.1 Prima a la Efic. Presupuestados.           217.507 
061.303.2 Prima a la Efic. Contratatados.          2.041.489 
061.304.1 Funciones Distintas Presupuestados.         15.155 
061.304.2 Funciones Distintas Contratados.         3.557.832
061.318.  Redistrib. Funcionarios Permanentes.        97.040 
061.321.  Horas Extra Contratados.                   359.801
061.328.  Redistrib. Funcionarios Contratados.        52.112 
062.311.  Gastos de Representación.                  539.736 
062.318.1 Prima por Antigüedad Presupuestados.       114.267 
062.328.2 Prima por Antigüedad Contratados.        1.274.757 
062.338.  Prima por Antigüedad Jornaleros.            40.098 
063.1     Compensación por Aliment. Presup.          524.856 
063.2     Compensación por Aliment. Contrat.       5.957.640 
077.      Quebranto de Caja.                         120.642 
079.      Subsidios ex - Directores.               2.521.983 
098.      Productividad.                           1.235.211 

    1     CARGAS LEG. SOBRE SERV. PERSONALES                    10.574.567

111.      Aporte Patronal Jubilatorio.             9.776.487 
123.      Aporte Patronal al F. N. V.                399.040 
131.      Imp. a las Retribuciones Personales.       399.040 

    2     MATERIALES Y SUMINISTROS                               1.603.361

    3     SERVICIOS NO PERSONALES                                7.044.927

    7     SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS.                      5.219.564

72.   Transf. a Productores Privados.                 30.651 
734.  Subsidios a Gob. Departamentales.               83.591 
739.  Otras Transf. a Organismos Publicos.             7.231 
74.   Transf.a Instit. sin Fines de Lucro.            22.847 
751.  Prima por Matrimonio.                           15.292 
752.  Prima por Hogar Constituido.                   708.815 
753.  Prima por nacimiento.                           15.292 
754.  Prestaciones por Hijo.                         200.466
773.  Becas.                                         393.120 
774.  Contribución por Asistencia Médica.          3.432.173 
791.  Tributos Nacionales.                           302.498 
792.  Tributos Municipales.                            7.588 

III.-     OPERACIONES FINANCIERAS.                               6.960.354

    8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS.                             6.960.354

81.   Amortización de Deuda Interna.                 716.698
83.   Intereses de Deuda Interna.                  6.082.306 
85.   Diferencia de Cambios y Otros.                  49.409 
86.   Préstamos.                                      54.592 
87.   Devolución a Colonos.                           57.349 

    9 ASIGNACIONES GLOBALES                                        259.449

94.   Partidas a Reaplicar.                          259.449 

IV.-      PLAN DE INVERSIONES.                                  12.394.800

    2 MATERIALES Y SUMINISTROS.                    1.447.700 
    3 SERVICIOS NO PERSONALES.                     3.434.200 
    4 MAQ., EQUIPOS Y MOB. NUEVOS.                 2.254.100
    5 TIERRAS, ED. Y OTROS ACTIV. PREEXIST.        1.372.200 
    6 CONSTRUC., MEJORAS Y REP. EXTRAORD.          3.740.200 
    9 ASIGNACIONES GLOBALES.                         146.400 
  
La apertura por proyectos, fuentes de financiamiento  y las partidas en 
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de 
este Decreto.
Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales 
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo 
relativo a beneficios sociales, incluyen el aumento salarial otorgado con 
vigencia al mes de enero de 2001; e incluyen asimismo la mano de obra de 
la Inversión.
Las normas presupuestales, planillas y estados que se acompañan se 
consideran parte integrante de este Decreto. 
Los sueldos de los señores Miembros del Directorio se determinaron en 
concordancia con lo comunicado por Nota de la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto con vigencia al mes de enero de 2001.
Las remuneraciones establecidas para los cargos de los Señores Gerentes 
General y Secretario de Directorio quedan reguladas en el 95% y el 80% 
respectivamente de la retribución de los Señores Miembros del Directorio, 
excepto la del Señor Presidente.
Los créditos para atender el pago de las retribuciones de los señores 
Miembros del Directorio, Gerente General y Secretario de Directorio, 
están computados en el Derivado 011.311.1; los correspondientes a los 
funcionarios redistribuidos presupuestados se prevén en el Derivado 
011.311.2 y todos los demás cargos se computan en los Derivados 021.321 
de la partida de contratados.



Recibido por D. O. el 28 de Marzo de 2003.
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