Fecha de Publicación: 02/04/2003
Página: 654-A
Carilla: 26

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 18

 En la Asignación del rubro 7 "Subsidios y Otras  Transferencias", se ha 
realizado una previsión para reparación y construcción de caminos y obras 
de arte que asciende a la suma de $ 83.591,00, así como también de $ 
22.847,00  para transferencias sin fines de lucro y $ 30.651,00 como 
transferencias a productores privados, y además el importe de $ 7.231,00 
a efectos de abonar la partida dispuesta por el art. 468 de la Ley Nº 
17.296 modificativa del Art. 1º de la Ley Nº 16.853.
Se incluye también en el presente decreto el costo del Convenio suscrito 
entre el Organismo y el Instituto Nacional de la Juventud para la 
realización de 10 (diez) becas de trabajo como máximo, financiado con 
recursos propios y en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 
625 de la Ley Nº 17.296 del 21 de febrero de 2001, debiendo en 
consecuencia el Organismo notificar la nómina de personas contratadas en 
régimen de beca a la Oficina Nacional del Servicios Civil a tales 
efectos.
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