Fecha de Publicación: 19/05/2014
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 33

 En la licencia a otorgarse por el IRCCA a las Farmacias se establecerán
los términos y condiciones a que quedará sujeta la comercialización y
dispensación de cannabis psicoactivo a los adquirentes.
Ayuda