PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Se encuentra autorizada la posesión de Cannabis de efecto psicoactivo para uso personal. A tal efecto, se considerará como cantidad destinada al uso personal hasta 40 gramos de marihuana, conforme lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto Ley No. 14.294 en la redacción dada por el artículo 7 de la Ley No. 19.172.Ayuda