Las personas físicas que cultiven en forma doméstica Cannabis psicoactivo
y los Clubes de Membresía podrán adquirir de los productores autorizados
por el IRCCA, semillas o esquejes de Cannabis psicoactivo a los solos
efectos de ser utilizadas en su cultivo, destinado al uso doméstico o de
sus miembros.
TÍTULO II
REGISTRO DEL CANNABIS
CAPÍTULO PRIMERO
Del Registro del Cannabis