Fecha de Publicación: 19/05/2014
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

 Conforme lo dispuesto en el literal D) del artículo 29 de la Ley No.
19.172 la Junta Directiva del IRCCA fijará el costo de la licencia a
expedirse, la que se inscribirá en el Registro del Cannabis en la Sección
Producción Distribución de Cannabis Psicoactivo para dispensación en
Farmacias.
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