Fecha de Publicación: 09/05/2019
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 14

   Ubicación de la marca. La marca será incorporada al paquete de tabaco de armar en el extremo inferior de las dos caras principales y en la cara inferior si correspondiere.

                               Capítulo IV
 Disposiciones relativas al empaquetado y etiquetado de otros productos de
                                  tabaco
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