Fecha de Publicación: 09/05/2019
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 16

   Ubicación de la marca. La marca será incorporada al envase de los productos de tabaco en el extremo inferior de ambas caras principales y en la cara inferior.

                                Capítulo V
                         Disposiciones generales
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