PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Facilidades de pago.- La Dirección General Impositiva concederá facilidades de pago, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 11 y siguientes de la Ley N° 17.555, de 18 de setiembre de 2002, por las obligaciones tributarias cuyo plazo de pago sea hasta el 28 de febrero de 2021, en las condiciones indicadas en los siguientes artículos.Ayuda