Fecha de Publicación: 25/04/1996
Página: 111-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 05/11/1996.

Artículo 3

   (Régimen Jubilatorio, Ambito objetivo de aplicación). El régimen de
jubilación por solidaridad intergeneracional comprende a todas las
actividades amparadas por el Banco de Previsión Social, bajo el régimen
de afiliación múltiple vigente a la fecha de promulgación de la Ley que
se reglamenta.
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