(Inicio del pago de las prestaciones del régimen de ahorro individual). Las prestaciones del régimen de ahorro individual se comenzarán a pagar a
partir del mismo mes en que se devenguen las prestaciones correspondientes del régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional administrado por el Banco de Previsión Social.
CAPITULO V
RESPONSABILIDAD DEL PAGO DE LAS
PRESTACIONES EN EL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL