Decreto 127/980
Se establecen modificaciones a diversas Reestructuras Presupuestales.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Salud Pública.
Montevideo, 13 de febrero de 1980.
Visto: los decretos 231/979, de 25 de abril de 1979, 246/979 de 7 de
mayo de 1979, 249/979, de 9 de mayo de 1979, 275/979, de 17 de mayo de
1979, 454/979, de 8 de agosto de 1979, 518/979, de 21 de setiembre de 1979
y 719/979 de 5 de diciembre de 1979 por los que se aprobaron las
Reestructuras Presupuestales de los Inciso 5, 11, 25, 8, 28, 12 y 3
respectivamente.
Resultando: que en los decretos aprobados se constataron diversos
errores y omisiones originados en los proyectos presentados por los
Ministerio respectivos o en su trámite posterior.
Considerando: que es necesario modificar los decretos de referencia
para subsanar las deficiencias constatadas.
Atento: a lo informado por la Comisión de Reestructuras creada por el
artículo 2º de la ley 14.800 de 30 de junio de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el decreto 231/979 de 25 de abril de 1979 por el que se
aprobó la Reestructuración Presupuestal del Inciso 5 "Ministerio de Economía y Finanzas", en lo relacionado con el artículo 3º de la manera
siguiente: en la Unidad Ejecutora: "Dirección nacional de Aduanas" donde
dice: "18 Jefe de Sección Química AcA 7", debe decir: "10 Jefe de Sección
Química AcA 7ª; donde dice: "15 Jefe de Sección Ciencias Económicas AcA
7", debe decir: "23 Jefe de Sección Ciencias Económicas AcA 7".
MENDEZ.- VALENTIN ARISMENDI.- WALTER RAVENNA.- DANIEL DARRACQ.- ELIAS
PEREZ FERNANDEZ.- CARLOS A. MAESO.- ANTONIO CAÑELLAS.