Fecha de Publicación: 11/03/1976
Página: 644-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 128/976

Se exonera del recargo del 7% a las importaciones de bienes destinados a las importaciones de bienes destinados a proyectos de inversión.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                   Montevideo, 19 de febrero de 1976.

Visto: el decreto 923/975 de 2 de diciembre de 1975 por el que se
establece un recargo del 7% a la importación de toda clase de mercaderías,
incluso las realizadas por el sector público, que opera en forma
acumulativa a los recargos ya existentes.

Resultando: I) Que sólo están exentas de dicho recargo las importaciones
enumeradas en el artículo 2º del decreto citado;

II) Que existen disposiciones que exoneran de impuestos a las
importaciones, derechos aduaneros y adicionales a la importación de bienes
exonerados de recargos o con recargos de hasta el 10%.

Considerando: I) Que se estima conveniente para el debido cumplimiento de
la política de desarrollo trazada por el Poder Ejecutivo exonerar del
recargo del 7% a las importaciones de bienes destinados a proyecto de
inversión financiados con recursos provenientes de organismos
internacionales de crédito o de organismos gubernamentales extranjeros de
financiamiento internacional así como a las importaciones de determinados
bienes que, con igual destino, realice el sector público;

II) Que subsisten las razones que motivaron el otorgamiento de las
exoneraciones fiscales a que refiere el resultando II),

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Incorpóranse al artículo 2º del decreto 923/975 del 2 de diciembre de
1975, los siguientes apartados:

 "g) Las importaciones de bienes destinados a proyectos de inversión,
     financiadas con recursos provenientes de organismos internacionales
     de crédito o de organismos gubernamentales extranjeros de
     financiamiento internacional;

  h) Las importaciones de bienes cuyo destino final sea su integración a
     inversiones fijas realizadas por el sector público para la ejecución
     de proyectos de inversión aprobados por el Poder Ejecutivo de acuerdo
     al decreto 940/975 de 4 de diciembre de 1975".

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.
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