Fecha de Publicación: 07/07/1986
Página: 36-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 13/08/1986.

Artículo 13

   Dispónese incorporar con vigencia al 1° de diciembre de 1985, las siguientes categorías laborales a las ya existentes en la Empresa:
a) Oficial de Cámaras Nivel 3;
b) Reparador de Cubiertas Nivel 3;
c) Mecánico Cambia Moldes Nivel 3;
d) Preparador de Soluciones Nivel 2;
Ayuda